La respuesta de la UE a la crisis financiera
DV
David Vegara Figueras
Business Review (Núm. 249) · Finanzas · Septiembre 2015
La crisis financiera iniciada en 2007 ha tenido efectos devastadores en la mayoría de las economías desarrolladas, afectando gravemente a los niveles de empleo y bienestar de los ciudadanos, a las cuentas públicas y a las tasas de crecimiento de las economías. Lógicamente, los efectos fueron particularmente acusados en el sistema financiero mundial y, muy particularmente, en su componente bancario.
El origen financiero de la crisis y el impacto y dimensión de las dificultades en un numeroso y geográficamente diverso grupo de entidades financieras, pero estrechamente interrelacionado, impulsaron desde el primer momento cambios muy importantes en el panorama regulatorio y de supervisión del sistema bancario en el conjunto de países desarrollados y en la UE en particular. Ya a finales de 2008, el Grupo de los Veinte (el llamado G-20, que agrupa a las veinte mayores economías del mundo) acordó impulsar un conjunto de iniciativas para abordar las principales debilidades identificadas, con el objetivo de no volver a repetir los errores del pasado. La actividad regulatoria a nivel de los países del G-20 se centró en cuatro grandes ámbitos, que tuvieron su reflejo también en numerosos cambios regulatorios e institucionales en el marco de la UE.
- En primer lugar, debía reducirse la probabilidad de quiebra de las instituciones financieras aumentando sus requerimientos de solvencia (mayor capital y de mejor calidad) y liquidez y mejorando la supervisión.
- En segundo lugar, dado el elevado coste que la crisis había supuesto para las cuentas públicas en muchos países, debían también reducirse los costes públicos cuando un banco quiebra y aumentar los costes soportados por los inversores privados. En este campo, las iniciativas tenían como objetivo mejores marcos de resolución bancaria, dotando de poderes extraordinarios a las autoridades, dadas las dificultades observadas en la utilización de los procedimientos de liquidación habituales en el caso de entidades financieras, y reduciendo (cuando no excluyendo formalmente) la posibilidad de apelar al sector público por la vía de hacer recaer las posibles pérdidas en los inversores privados.
- En tercer lugar, se buscaba mejorar la estabilidad financiera reduciendo la complejidad de las instituciones (las llamadas "reformas e...