La compensación de directivos en empresas globales
Business Review (Núm. 239) · Recursos humanos · Octubre 2014
Hace algún tiempo, muchos profesionales predijeron la "americanización" de la compensación de directivos. Se pensaba que muchos países orientarían sus políticas hacia las existentes en Estados Unidos. Efectivamente, en términos de estructura, los profesionales que gestionan la compensación de directivos han constatado que en los últimos 5-10 años, en la mayoría de los mercados, incluidos aquellos en desarrollo, se ha implantado el modelo tripartito (salario fijo, incentivo anual e incentivo plurianual), común en Estados Unidos.
Sin embargo, la idea de que la movilidad del talento a nivel global llevaría a único conjunto de prácticas a nivel mundial no ha llegado a darse. La mayoría de los directivos siguen trabajando en sus países de origen, son remunerados de acuerdo a las normas locales y, por ahora, no existe un mercado homogéneo de compensación del talento. Las diferencias en los niveles de retribución de directivos siguen siendo significativas entre distintos países.
Actualmente, los profesionales dedicados a diseñar y gestionar la compensación de directivos se suelen centrar, de forma habitual, en las novedades y prácticas de los países donde se sitúa la casa matriz. Parece lógico, teniendo en cuenta que muchas de las variables que manejan en su día a día, desde las prácticas de mercado hasta los requisitos regulatorios, son específicas de sus países o regiones. Ahora bien, en muchas ocasiones, las prácticas de compensación de directivos emigran de una región o país a otro.
En el mapa (ver cuadro 2) se muestran aquellas áreas en las que existe una convergencia en distintas áreas geográficas. Por ejemplo, en Europa, el incremento en el poder de los accionistas (señalado en el mapa con un punto morado) se traduce, entre otras medidas, en la obligación de someter la política retributiva de los consejeros a la Junta de Accionistas, en la mayoría de los países. En algunos, esta aprobación se solicita de forma consultiva, y en otros, como el Reino Unido, y según está previsto para 2015 en el anteproyecto de Ley de Sociedades de Capital para España, se solicita de forma vinculante (ver cuadro 3).
También observamos, en el área de gobierno corporativo, cómo distintas regiones convergen en el nivel de involucración con los accionistas (engagement). Si bien es una práctica que...