Socios del co-branding ¿qué ve el uno en el otro?
Márketing y Ventas (Núm. 59) · Márketing · Octubre 2003
Los acuerdos de co-branding contractuales suelen tener una duración de seis meses a un año o consisten en contratos renovables con un fecha de vencimiento que permitan a ambas partes un período de prueba para valorar si desean seguir con las mismas condiciones, rescindir el acuerdo o desarrollar aún más, el negocio objeto de co-.branding.
Autor: Melvin Prince, Mark Davies