¿Estamos en el punto de inflexión previo al inicio de una fase de disrupción?

El sector opina

¿Estamos en el punto de inflexión previo al inicio de una fase de disrupción? ¿Estamos en el punto de inflexión previo al inicio de una fase de disrupción?

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Alfonso Ayuso

Management & Innovation (Núm. 19) · TIC

Además de la propia naturaleza de la cadena de bloques como una estructura de registro con las propiedades de inmutabilidad que la caracterizan, son necesarios tres elementos más que doten a dicho registro del marco necesario para generar valor económico: reglas de negocio de la transacción, identidad de los intervinientes y pago monetario por los bienes o servicios asociados a la transacción.

El primero de los elementos se puede considerar determinístico y, por tanto, programable de forma inequívoca. Así, la construcción de redes que permiten el despliegue de smart contracts ha permitido resolver la implantación de reglas de negocio descentralizadas que automaticen transacciones relacionadas con la provisión de bienes o servicios y su correspondiente registro. Sin embargo, faltaría por construir el elemento más importante en cualquier sistema económico, la confianza. Saber con quién se está operando y que los bienes o servicios prestados van a ser pagados. Identidad digital y dinero digital deberán serán las dos iniciativas a desarrollar en el ecosistema blockchain por parte de, respectivamente, sus dos grandes agentes de confianza: la Administración Pública y el sistema financiero.

El proceso de identidad digital tendría su punto de fricción en la personación para la autenticación de la identidad, pero este está ya está resuelto para otros procesos digitales, como los certificados digitales existentes actualmente. Sin embargo, los desarrollos vinculados al dinero digital pueden introducir riesgos para la estabilidad del sistema financiero. Es por ello que han despertado la atención y presión global de reguladores y gobiernos tras el anuncio del lanzamiento de Libra por un consorcio liderado por Facebook. De acuerdo a la legislación europea, Libra podría considerarse dinero electrónico y, por tanto, estar sujeto a la regulación de las directivas de dinero electrónico y de medios de pago (PSD2). De acuerdo a ambas, las reservas que sirven de colateral al dinero emitido deben mantenerse en una cuenta separada de una entidad de crédito o invertidas en activos líquidos de alta calidad. En cualquiera de los casos, esos fondos no podrían ser usados por las entidades de crédito para la concesión de préstamos, al ser necesarios para cubrir los ratios de liquidez establecidos por la regulación.

¿Qué ocurriría si los depósitos del público, actualmente en cuentas bancarias, se trasladasen a divisas digitales? El dinero en circulación para la financiación de la economía se reduciría dramáticamente, provocando una nueva crisis de crédito. Probablemente se requerirá una revisión del marco regulatorio que permita el desarrollo de la economía distribuida y cruzar el punto de inflexión previo al inicio de una fase de disrupción.

Alfonso Ayuso

Chief Innovation Officer de Banco Sabadell

Alfonso Ayuso

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Chief Innovation Officer de Banco Sabadell